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Según el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que es el organismo encargado de gestionar estos trámites, la homologación de títulos extranjeros en España supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente. La convalidación de estudios extranjeros, por su parte, supone la declaración de equivalencia de estos estudios para poder continuar estudios en un Centro docente español. En base a esto, la diferencia principal entre ambos procedimientos es que la homologación se realiza para legalizar una titulación que hemos obtenido en otro país mientras que la convalidación implica una continuación de esos estudios que estás convalidando.
Para títulos obtenidos en el extranjero se debe obtener el certificado de equivalencia expedido por el Ministerio de Educación.
Ver el procedimiento en el documento adjunto.
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