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31 ago 2022
El Congreso de los Diputados ha convalidado el Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2022
Este nuevo sistema de cotización para autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que tendrá en cuenta los rendimientos netos de sus ingresos, esto es, sus ingresos reales. Así, el nuevo sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos, que deberá comunicar a la Seguridad Social.
Su entrada en vigor se producirá el 1 de enero de 2023 con una cuota mínima de 230 euros y una máxima de 500. En el año 2024 las cotizaciones se encontrarán entre los 225 y los 530 euros. Y finalmente, en 2025, las cuotas de autónomos quedarán encuadradas entre los 200 y los 590 euros.
El autónomo podrá cambiar de tramo hasta seis veces al año (cada dos meses) en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios. Al final de cada ejercicio deberá regularizar sus cotizaciones, teniendo que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.
Cuota reducida por inicio de actividad
La tarifa plana del actual RETA se integra también en el nuevo modelo, aunque pasará a llamarse cuota reducida para los autónomos que inicien su actividad y será de 80 euros al mes durante doce meses para todos los nuevos autónomos.
Pasado ese periodo, esa cuota reducida solo se prorrogará para los autónomos que no hayan conseguido que sus rendimientos despeguen y sigan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el resto, se aplicará la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.
¿Cómo se calculan los rendimientos netos del autónomo?
Uno de los aspectos más complejos, y que mayor debate ha generado durante la negociación del nuevo sistema, ha sido el de cómo se determinarán los rendimientos netos del autónomo.Desde el Gobierno han delimitado el concepto de rendimientos netos de la siguiente manera:
“Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.”
Desgravación del plan de pensiones
Otra novedad es que los autónomos podrán desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
Acción protectora: cese de actividad
Se establece una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se podrá cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre. Para ello, hay que tener una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas si no se dispone de trabajadores. En el caso de tener trabajadores a cargo, se tendrá que cumplir esta condición durante 2 trimestres, con ingresos que no superen el salario mínimo, y con una reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla.
TABLA DE LAS NUEVAS CUOTAS DE AUTÓNOMOS
.
TRAMO
Cuota en 2023
Cuota en 2024
Cuota en 2025
Menos de 670€
230€
225€
200€
Entre 670 y 900€
260€
250€
220€
Entre 900 y 1.166€
275€
267€
Entre 1.166 y 1.300€
291€
Entre 1.300 y 1.500€
294€
Entre 1.500 y 1.700€
Entre 1.700 y 1.850€
310€
320€
350€
Entre 1.850 y 2.030€
315€
325€
370€
Entre 2.030 y 2.330€
330€
390€
Entre 2.330 y 2.760€
340€
415€
Entre 2.760 y 3.190€
360€
440€
Entre 3.190 y 3.620€
380€
465€
Entre 3.620 y 4.050€
400€
490€
Entre 4.050 y 6.000€
420€
445€
530€
Más de 6.000€
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