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La Colegiación  » ¿Quién puede colegiarse?
¿Quien puede colegiarse?

  • Licenciados en Biología
  • Otros títulos homologados al de Biología, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de título a los del Catálogo de Titulo Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987 de 27 de noviembre
  • Los licenciados cuyo título provenga del desglosamiento de los anteriores, en otros relativos a áreas concretas de la Biología (Bioquímica, Ciencias del Mar...)
  • Licenciados en Ciencias Naturales